Ya se ha expuesto aquí que la música sagrada es aquella creada para la celebración del culto divino. Se ha dicho también que el canto es una de las formas en las cuales la asamblea responde a Dios que le habla y se une a Cristo en el himno eterno de alabanza al Padre.
Es por esta razón que el papel preponderante del canto en la liturgia lo tiene el texto. La música es entonces un elemento que, en el canto litúrgico, sirve para dar realce a lo que el texto expresa, pero nunca al revés. Deberá ayudar a expresar aquellos aspectos del misterio celebrado que las palabras podrían quedarse cortas en manifestar, pero que con la música adquieren una profundidad mayor.
El texto debe haber sido tomado de la Sagrada Escritura o haber sido inspirado por ella. Si esto no fuera así, deberá tomarse de las fuentes litúrgicas, en otras palabras, del propio Misal Romano, de los Leccionarios, de la Instrucción General para el Misal Romano o al menos, responder al espíritu del momento celebrativo de la Liturgia en que se va a utilizar. Sobra decir, por otra parte, que no es lícito utilizar la música de canciones de cualquier otra índole y cambiarles la letra para introducirlas en la Liturgia.
En este sentido es muy importante recordar que hay cantos que acompañan acciones litúrgicas y otros que en sí mismos constituyen una acción litúrgica y que la función de la música litúrgica es la gloria de Dios, la santificación y edificación de los fieles, como ya expresaba san Pío X. La Instrucción Musicam sacram propone en este sentido una ayuda muy clara para mejorar la celebración de la Misa a través del canto, según las posibilidades de la asamblea. La Instrucción recuerda que deberá preferirse la forma cantada de la misa sobre todo en los domingos y fiestas y para orientar a los fieles hacia su plena participación en el canto, se proponen tres grados de participación de manera que el primer grado puede utilizarse solo, mientras que el segundo y tercero no se utilizan ni íntegra ni parcialmente más que con el primer grado. En otras palabras, un canto litúrgico que pertenece al segundo grado de participación, sólo podrá utilizarse si se están utilizando ya todos los cantos del primer grado de participación. Se transcribe a continuación lo concerniente a los n. 29-31 de la Instrucción Musicam sacram:
Pertenecen al primer grado:
En los ritos de entrada:
El saludo del sacerdote con la respuesta del pueblo.
La oración.
En la liturgia de la palabra:
Las aclamaciones al Evangelio.
En la liturgia eucarística:
La oración sobre las ofrendas.
El prefacio con su diálogo y el Sanctus.
La doxología final del canon.
La oración del Señor (Padrenuestro) con su monición y embolismo.
El Pax Domini.
La oración después de la comunión.
Las fórmulas de despedida.
Pertenecen al segundo grado:
Kyrie, Gloria y Agnus Dei.
El Credo.
La oración de los fieles.
Pertenecen al tercer grado:
Los cantos procesionales de entrada, y de comunión.
El canto después de la lectura o la epístola.
El Alleluia antes del Evangelio.
El canto del ofertorio.
Las lecturas de la Sagrada Escritura, a no ser que se juzgue más oportuno proclamarlas sin canto.
Como puede notarse en lo anteriormente expuesto, la gran mayoría de las partes de la misa propias para el canto y que son de primer grado de participación, corresponden al sacerdote, por lo cual debemos decir que el primer Ministro del Canto es el sacerdote celebrante y el pueblo participa activamente siempre que responde. Toca a los Ministros del Canto o cantores, dar el ejemplo de cómo se debe responder, y guiar a la asamblea para que se una a esas respuestas. Este unirse en el canto tiene un sentido comunitario muy importante y, después de la Comunión Eucarística que tiene todo el peso simbólico de comer juntos y que está enraizado en un profundo valor bíblico, quizá sea el que le sigue en importancia pues denota que la comunidad entera que está unida cantando al mismo ritmo, las mismas notas y el mismo texto, canta como una sola voz, la voz de la Iglesia, cuerpo y esposa de Cristo que se asocia a su salvador en la alabanza eterna al Padre.
Por otra parte, si se observa con cuidado, es mucho más importante cantar el Kyrie, Gloria, Santo y Cordero que los cantos procesionales de entrada, ofertorio y comunión y sin embargo es a estos últimos cantos a los que con frecuencia se da más importancia. También es notorio que no aparezcan en ningún momento ni el canto de salida, ni tampoco un canto de paz.
Del siglo XVII en adelante, se consideraba Misa Solemne aquella en la que celebraban muchos ministros ordenados, generalmente un Obispo o en su defecto un Presbítero, un Diácono, un Subdiácono y por supuesto al menos un Ministro ordenado de cada uno de los órdenes menores. En ella además tenían que cantarse de manera obligatoria un número determinado de cantos, cinco para ser exactos. Estos cantos eran Kyrie, Gloria, Credo, Santo y Agnus Dei. Estos cantos, que conforman el llamado ordinario de la misa, tenían que ser cantados para considerarla Misa Solemne. Este esquema es el que dio origen a la composición de piezas musicales “en forma de Misa”, en las que los compositores incluían estas cinco partes relacionadas en tempo y tonalidad de manera que conformaban una obra completa. Además de estas partes obligatorias, el sacerdote debía entonar los saludos, el prefacio, el Padre Nuestro, mientras que el lector cantaba la Epístola y el Diácono el Evangelio.
Por otra parte, existían en la Misa Solemne otras partes que podían o no ser cantadas y que conformaban lo que conocemos como el propio de la misa. Estos cantos incluyen las antífonas procesionales de entrada, el Salmo Responsorial también llamado Gradual, el versículo del Alleluia y su antífona antes del Evangelio, el canto procesional de ofertorio (Offertorium) y el canto procesional de comunión (Communio).
Todos estos cantos se realizaban utilizando las melodías gregorianas o la polifonía clásica, con lo cual generalmente la asamblea de fieles tenía una participación mínima o nula. Fue en el Concilio Vaticano II que el término Misa Solemne se retiró del documento pontificio y se utilizó la expresión Liturgia Solemne, dejando claro que la acción litúrgica reviste una forma más noble, cuando los oficios divinos se celebran solemnemente con canto y en ellos intervienen ministros sagrados y el pueblo participa activamente1, con lo cual queda claro que se considerará “solemne” aquella liturgia en la que el canto sea ejecutado no solamente por los ministros, sino también con la participación activa del pueblo y la solemnidad de la acción litúrgica no estará definida por la obligatoriedad de ejecutar un cierto número de cantos en específico.
1. cf. Constitución Sacrosanctum concilium, n. 113